Querétaro, Qro., 5 de diciembre. La abrogación de códigos y la restitución de otros dejó intacto el capítulo del aborto en la legislación penal de Querétaro; además, la reforma constitucional de septiembre pasado que asegura la existencia, reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano desde la fecundación hasta la muerte, mantuvo como posible la interrupción del embarazo en casos de violación y cuando peligra la vida de la madre.
Aunque la abrogación de los Códigos Penal y de Procedimientos Penales de Querétaro resuelta el viernes pasado por el Congreso estatal implicó la readopción de los anteriores, no había reforma tocante al aborto que fuera anulada pues en unos y otros la cuestión quedó intacta, se mantuvo inscrita en el capítulo 5 y sólo varió la numeración de los artículos.
En el intenso debate generado por la reforma y contrarreforma penales de Querétaro se dijo que en septiembre pasado, cuando la saliente 55 Legislatura de mayoría panista validó la llamada ley antiaborto al adicionar el artículo segundo de la Constitución estatal, también dispuso dar apoyo sicológico a las mujeres que interrumpieran el embarazo; pero tal precepto nunca entró en vigor ni figura en los códigos abrogados.
La Comisión de Administración y Procuración de Justicia dictaminó el 24 de agosto, y el pleno aprobó el 1º de septiembre pasados, que en los artículos referentes al aborto se añadiera el apoyo sicológico a la mujer; pero tal reforma no se incluyó en el Código Penal ya invalidado por la 56 Legislatura que promulgó y publicó el recién iniciado gobierno priísta de José Calzada Rovirosa el 23 de octubre pasado.
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