domingo, 20 de septiembre de 2009

Conservadurismo ataca derechos de la mujer

Septiembre 13th, 2009 by Paulina Monroy

En nueve meses, 16 legislaturas estatales han aprobado reformas “provida”. Lejos está la despenalización del aborto y en peligro causales para la interrupción legal del embarazo. El conservadurismo en el poder ha ocasionado que 250 mujeres estén encarceladas por consentir un aborto. Mientras, 500 se amparan contra las modificaciones que, dicen especialistas, violan el derecho a la libre autodeterminación sobre el cuerpo

Dieciséis estados de la república incluyeron en sus legislaciones la defensa de la vida desde la concepción. Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora y Yucatán tutelan que, desde el momento de la fecundación, el individuo está bajo la protección de la ley y es sujeto de derechos.

Con las reformas, producto de la intervención de grupos conservadores y la negociación entre partidos –sostienen las especialistas– se violan derechos de la mujer y se ponen en peligro causales para la interrupción legal del embarazo (ILE) y el uso de métodos anticonceptivos.

Advierten que se actúa en contra de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que su artículo cuarto garantiza que toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. Castigan así la decisión de las mujeres, subrayan.

El 28 de agosto de 2008 el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es constitucional la norma que despenalizaba el aborto en el Distrito Federal.

Luego de más de 17 horas de sesiones públicas, los ministros resolvieron las acciones de inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007, y determinaron que son constitucionales los artículos 144, 145, 146, 147 y 148 del Código Penal del Distrito Federal y los artículos 16 bis 6 y 16 bis 9 de la Ley de Salud.

No obstante la decisión de la SCJN sobre la ILE en la ciudad de México, desde diciembre de 2008, 13 estados incluyeron reformas en sus constituciones para “proteger la vida” desde la concepción. Desde 1994 el único estado que incluyó la tutela jurídica de la vida de los no nacidos fue Chihuahua.

En tan sólo siete meses, las reformas “provida” han sido aprobadas en casi la mitad del país. Sólo Baja California anuló los supuestos para la ILE, como la violación sexual, la inseminación artificial obligada y el peligro de muerte de la madre. Las causales subsisten, pues a la fecha no se ha legislado en ese sentido.

Según los códigos penales locales, las penas por aborto en las 14 entidades van de tres meses a cinco años de cárcel a quien lo consienta o provoque. Además de sanciones pecuniarias y, en el caso de personal médico, suspensión de licencias.

En estados como Nayarit, Campeche y Yucatán, las sanciones son mayores para quien tenga “mala fama”, no haya ocultado su embarazo o éste sea fruto de una unión ilegítima. Aunado a esos supuestos, en Jalisco el juez podrá sustituir las sanciones por un tratamiento médico integral. Éste será provisto por las instituciones de salud y tendrá como objetivo “la atención integral de las consecuencias motivadas por la práctica del aborto, así como la reafirmación de los valores humanos por la maternidad, procurando el fortalecimiento de la familia”.

Únicamente en 29 estados se prevé que un aborto no será castigado porque está en riesgo la vida de la mujer; en 11, porque causa graves daños a la salud de la mujer; en 11, por inseminación artificial no consentida, y en uno más, porque la mujer vive en situación de pobreza y tiene al menos tres hijos.

María Luisa Sánchez Fuentes, directora del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), califica de incongruente que en el Distrito Federal esté la legislación más avanzada y en Guanajuato sólo se acepten dos causales para la ILE, como la violación y el peligro de muerte. “Hay una desigualdad en cada estado porque el acceso a un aborto seguro depende de la voluntad política de quienes legislan”.

En su opinión, hay un riesgo inminente de que los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres sean coartados. Enumera, entre ellos: el acceso a servicios médicos, al dispositivo intrauterino, a la anticoncepción de emergencia y a la ILE. Además “se pone entredicho la posibilidad de que parejas infértiles puedan recurrir a la reproducción asistida o in vitro”.

Aunque sólo Baja California consideró en su reforma la eliminación de las causales de ILE, alerta que están en riesgo los servicios médicos para el aborto permitido, y aun en los estados que no establezcan de manera absoluta el derecho del no nacido.

Mientras, el 26 de agosto diputados del PRI, PAN y Nueva Alianza presentaron ante el Congreso de Sinaloa una iniciativa de reforma para elevar a rango constitucional el derecho a la vida.

El proyecto define como función de los legisladores defender a “quienes por su condición no pueden hacerlo. Si pudieran expresarse y se les preguntara sobre su deseo de vivir, seguramente reclamarían el respeto a su derecho a la vida”.

El 7 de agosto la Comisión de Puntos Constitucionales de la LV Legislatura de Querétaro inició una consulta pública para discutir la reforma que garantiza la protección de la vida desde la concepción. El 1 de septiembre pasado, los 21 legisladores votaron el dictamen por el que en esa entidad se garantiza la vida desde la concepción y sólo se permite el aborto cuando sea producto de violación o la salud de la madre esté en riesgo.

Martha Angélica Tagle Martínez, diputada federal del partido Convergencia, reveló el 15 de agosto que 250 mujeres eran procesadas penalmente en tres estados por provocarse o consentir un aborto.

Salud Integral para las Mujeres, AC (Sipam), estima que en Guanajuato hay 130 mujeres presas; 90, en Baja California; 30, en Sonora, y una en Chiapas. Jessica Reyes Sánchez, del Programa de Salud Sexual Reproductiva de las y los Jóvenes de Sipam advierte que son más los casos, pero permanecen ocultos.

El 5 de agosto, La Jornada informó que una joven de 20 años fue detenida en Puebla después de asistir a la Cruz Roja por complicaciones de un aborto practicado a las 14 semanas de gestación. La Procuraduría General de Justicia (PGJ) estatal aseguró que ella no había sido privada de su libertad y que se indagaría si la interrupción del embarazo fue inducida o accidental. Fue el primer proceso penal después de las reformas aprobadas por el Congreso local.

Desde el inicio de 2009, el Hospital de la Mujer –señala el rotativo– ha denunciado cuatro casos de aborto ante la PGJ, por lo que sumaban cinco las procesadas. Asesoradas por la Red Democracia y Sexualidad, 112 mujeres se ampararon contra la reforma.

María Luisa Sánchez Fuentes refiere que el gobierno de Puebla, tratando de localizar interrupciones de embarazo no autorizadas por la ley, fiscaliza servicios públicos: “Parece una persecución contra las mujeres con el ánimo de encarcelarlas”.

La Academia Morelense de Derechos Humanos, Fundar Centro de Análisis e Investigación y GIRE solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos revisar la violación a derechos de las mujeres con la reforma al artículo segundo de la Constitución estatal.

Hasta el 20 de agosto, el GIRE estimaba que 500 mujeres interpusieron amparos contra las reformas. Para la directora de la asociación, “tiene un enorme peso social y simbólico que las mujeres se protejan frente a ese atropello”.

Mortalidad materna

El Consejo Nacional de Población estima que el aborto es la tercera causa de muerte materna. Cada año mueren entre 70 y 200 mil mujeres en el mundo a causa de interrupciones inseguras del embarazo.

La penalización del aborto es causa de mortalidad materna, señala Jessica Reyes Sánchez, del Programa de Salud Sexual Reproductiva de las y los Jóvenes de la asociación civil Sipam. Sin poder acceder a métodos legales, las mujeres recurren a clínicas clandestinas, beben infusiones, utilizan ganchos o se causan accidentes. Para la activista, es además un problema de justicia social: son las mujeres con menos recursos quienes toman medidas desesperadas.

En el Instituto Mexicano del Seguro Social, el 63 por ciento –indica el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva (CNESR)– de internadas por problemas con el embarazo sufrió complicaciones secundarias al aborto.

Para reducir el riesgo de muerte, advierte la directora general adjunta del CNEySR, Aurora del Río Zolezzi en su presentación Aborto y Mortalidad Materna, es necesario que “la sociedad asuma que se trata de un fenómeno complejo que rebasa responsabilidades individuales y se haga cargo del problema (despenalización y aumento de causales de legalización, como el VIH-Sida)”.

Así como que la anticoncepción sea gratuita y que haya un mejor acceso al aborto legal y a atención postaborto con calidad técnica, infraestructura, trato humano, información, servicios integrales y seguimiento.

En 2006 la Secretaría de Salud contó 600 mil embarazos al año en mujeres menores de 25 años. En jóvenes de 15 a 19 años se registró el 50 por ciento de ellos. Jessica Reyes Sánchez comenta que los embarazos no deseados tienen que ver con la falta de acceso de las jóvenes a los métodos anticonceptivos. “El Estado ve la sexualidad con temor y censura”.

México se comprometió a promover la educación sexual durante la Conferencia Internacional de VIH-Sida de 2008; sin embargo, comenta Samantha Mino Gracia, responsable de redes del Programa de Salud Sexual y Reproductiva, “la intervención de los dogmas en contraposición con la sexualidad impide que la población se allegue de información científica en temas como el aborto y enfermedades de transmisión sexual”.

Conservadurismo agravia y viola derechos

Durante sesión celebrada por el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, se le solicitó admitir la petición de “alerta de género”, por agravio comparado, con motivo de las reformas estatales, comenta Maricela Contreras Julián, presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados.

El artículo 26 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define la alerta de género como “el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado”. Sus objetivos son garantizar la seguridad de las mujeres y eliminar la inequidad derivada de legislaciones que lastimen sus derechos humanos.

Bajo este último supuesto existe agravio comparado cuando en una norma vigente, en relación con otra, hay distinciones, restricciones o derechos específicos para una misma problemática o delito en detrimento de las mujeres de ese estado o municipio; es decir, no se otorga el mismo trato jurídico y hay una aplicación inequitativa de la ley.

Con las modificaciones hay perjuicio respecto de la ILE en el Distrito Federal. No obstante, señala la diputada, el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres no aceptó estudiar si se constituía o no el agravio. Además, no todos los estados garantizan la “alerta de género”.

Para Contreras Julián, las reformas para defender la vida desde la concepción tienen un carácter confesional y son contrarias a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Estado laico: “Supeditan el derecho de un embrión al derecho de la mujer, viéndola como receptáculo para la reproducción”.

La legisladora considera que la responsabilidad de una transformación ideológica y cultural para alcanzar la igualdad y equidad de género es del Estado, lo que no asume de manera plena: “Con este gobierno conservador y las alianzas con el Partido Revolucionario Institucional y la iglesia, yo no veo un viento a favor de los derechos de las mujeres”.

“Que los representantes populares –observa María Luisa Sánchez Fuentes, directora de GIRE– legislen conforme a sus creencias personales o de carácter religioso, es una afrenta a la laicidad. La injerencia de la jerarquía católica ha sido muy cínica y vergonzosa”.

Samantha Mino, de Salud Integral para la Mujer, señala que, frente al conservadurismo, la mujer tiene pocas posibilidades de decisión sobre su cuerpo. Coincide Sánchez Fuentes quien expresa que “es fundamental que el derecho a la autodeterminación esté acompañado de mecanismos legales que lo hagan exigible”.

Daniela Díaz Echeverría, de Fundar, Centro de Análisis e Investigación, observa éste como un momento de agresión y retroceso: “Hay un quehacer político sumamente conservador que usa el cuerpo de las mujeres como un espacio de represión y de disputa política”. Con las reformas, advierte la investigadora en presupuesto público, seguro popular y mortalidad materna, se perfilan modificaciones en la Constitución en ese sentido.

La antropóloga Samantha Mino Gracia recuerda que no sólo se habla de impedir que las mujeres sean encarceladas por practicarse un aborto, sino de garantizar servicios de salud de calidad como un derecho.

Falta de legislación para mujeres

Según La armonización legislativa en las entidades federativas, análisis del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género (CEAMEG), sólo 12 estados tienen leyes para la igualdad entre hombres y mujeres, y 13, para prevenir y eliminar la discriminación. Veintinueve cuentan con leyes de acceso a una vida libre de violencia, pero carecen de reglamentos.

De los 14 estados que aprobaron reformas para proteger la vida desde la concepción, sólo Campeche y Colima tienen un marco normativo completo en derechos de la mujer: leyes para garantizar la equidad, la no discriminación, el acceso a una vida libre de violencia y en materia de violencia familiar. Baja California, Chihuahua, Jalisco, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí y Yucatán no han aprobado leyes para la igualdad entre hombres y mujeres. Mientras, Guanajuato sólo ha legislado en materia de violencia familiar.

Publicado en mayo, la investigación describe que la armonización legislativa responde al reconocimiento de los derechos humanos y a compatibilizar disposiciones federales, estatales y tratados internacionales.

Advierte que no debe ser considerado una actividad optativa, sino un deber jurídico, puesto que los derechos humanos en todos los sentidos son exigibles y justiciables: “No puede haber cierta parte del territorio nacional donde la legislación esté tutelando los derechos de las mujeres a la luz de los instrumentos internacionales y, en otra, en donde no se respeten”.

Su inobservancia, explica, supone efectos negativos como la contradicción y la inconstitucionalidad: “Un sistema es consistente cuando cada caso está vinculado con una única solución y, por lo tanto, para un mismo caso no es posible prever dos o más soluciones diferentes. La incongruencia en el orden jurídico puede ocasionar invalidez”.

Provoca falta de certeza en la observación de la norma, debilita la fuerza y efectividad de los derechos y dificulta su aplicación y exigibilidad. Además, fomenta la impunidad al permitir la interpretación de la norma de manera discrecional y personal.

La Comisión de Equidad y Género propuso 32 propuestas de armonización en leyes estatales, contenidas en códigos penales y civiles, que son contrarias a los derechos de las mujeres.

Maricela Contreras Julián, presidenta de la Comisión de Equidad y Género, comenta que tal es el caso para el homicidio que por razones de honor e infidelidad tiene una pena menor, o que se perdone el delito de violación al agresor que se case con su víctima: “Son leyes aberrantes que justifican la violencia. En vez de considerar a las mujeres víctimas, se les considera promotoras de su propia violencia”.

Legislación antiaborto en los estados
No se castiga el aborto:
En 32 estados por violación (en tres el procedimiento está definido en el Código de Procedimientos Penales, y en nueve se contemplan plazos entre 75 días y tres meses a partir de la violación o del embarazo)
En 30, porque fue provocado de manera imprudencial o culposa (por accidente)
En 29, porque el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer
En 14, porque el producto tiene malformaciones genéticas o congénitas graves
En 11, porque el embarazo causa graves daños a la salud de la mujer
En 12, por otras causas (en 11 por inseminación artificial no consentida; en uno, porque la mujer vive en situación de pobreza y tiene al menos tres hijos, y en uno más, por voluntad de la mujer durante las 12 semanas de embarazo)
Fuente: Grupo de Información en Reproducción Elegida
Mujeres en la cárcel por provocarse o consentir un aborto
Guanajuato: 130
Baja California: 90
Sonora: 30
Chiapas: 1
Fuente: Salud Integral para la Mujer
 Paulina Monroy

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